SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional (TC) reconoció facultad a varias empresas
para vender agua “a granel”, al acoger una acción de amparo que
presentaron esos negocios que se dedican al expendio del líquido a
través de camiones.
La acción de amparo fue presentada por 17
empresas, en contra de resoluciones emitidas por la Comisión Nacional de
Normas y Sistemas de Calidad, el Ministerio de Industria y Comercio y
la Dirección General de Normas y Sistemas de Calidad (DIGENOR), para
prohibir la venta de agua “a granel” para consumo humano.
El TC
estableció que con la prohibición de la venta de agua “a granel” se
afecta la garantía de acceso al agua potable a segmentos pobres de la
población y se viola el derecho fundamental a la libertad de empresa.
No
obstante, en su sentencia 049, el TC le reconoció autoridad a esas
entidades públicas para adoptar medidas que garanticen la calidad del
agua potable que se suministra a la población, pero advirtió que debe
ser con estricto apego al debido proceso de ley.
La acción de amparo fue
interpuesta por Agua Boy, S. A., Puriequipos, S. A., Agua Vitalidad,
Procesadora de Agua Willna, Agua Jady Procesadora y Distribuidora de
Agua Mol, C. por A.; Agua Liana, C. por A.; Brayan Industrial S. R. L.,
Agua San Felipe, Agua Astral, C. por A.; Agua Luz, S. R. L., Grupo Nima,
Grupo Dogo, Agua La Tinaja, Agua Yaguajal, Agua La Consciente, S. A. y
Purificadora de Agua Jenny.
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